En Puebla, la gran mayoría de las personas fallece sin dejar un testamento, tan sólo en lo que va de 2025 se iniciaron 113 juicios testamentarios, frente a 2 mil 450 intestamentarios, lo que significa que el 95.6 por ciento de las sucesiones se tramitan sin un documento válido.
Este procedimiento cuesta en promedio entre los 800 y los 2 mil 900 pesos y aunque en septiembre los precios suelen disminuir hasta un 50 por ciento, la mayoría de las personas no realiza el trámite para distribuir sus bienes entre sus herederos.
De acuerdo con la solicitud de información con folio 210425325000256 dirigida al Poder Judicial del Estado de Puebla, de los juicios testamentarios, más de la mitad se concentraron en el distrito judicial de Puebla con 58 procedimientos, seguidos de Xicotepec con nueve y Cholula y Tehuacán con siete cada uno.
En contraste, los juicios intestamentarios tuvieron su mayor carga en Puebla capital con 624 casos, seguido de:
Cholula: 272
Tecamachalco: 182
Tepeaca: 158
Tendencia de años anteriores
Este panorama no es nuevo, en 2023 se iniciaron 9 mil 323 juicios intestamentarios frente a sólo 250 testamentarios; y en 2024 la proporción fue similar, con 9 mil 125 contra apenas 296.
Los datos muestran que, aunque hay ligeras disminuciones en cada año, la brecha entre ambos procedimientos se mantiene constante.
¿Qué implica un juicio testamentario?
Un juicio testamentario es el proceso legal para distribuir los bienes de una persona fallecida de acuerdo con lo estipulado en su testamento.
Se inicia con la presentación del testamento y documentos como el acta de defunción ante un notario y el proceso incluye la lectura del testamento, el nombramiento de un albacea, el inventario y avalúo de bienes, y finalmente, la adjudicación y reparto de estos entre los herederos.
Cuando no hay testamento
En cambio, cuando alguien muere sin dejar testamento, se inicia un juicio intestamentario, en este procedimiento un juez determina quiénes son los herederos legítimos conforme al Código Civil.
Este reconocimiento permite que los herederos hagan actos de dominio o de administración sobre los bienes, tal como la venta de la propiedad, donaciones o adjudicaciones. Sin tal reconocimiento, la familia no está autorizada a realizar actos jurídicos sobre los bienes del fallecido.
Este puede llegar a ser un proceso tedioso si es que existen conflictos entre los interesados, por lo cual, el tiempo de duración puede variar dependiendo del estado en el que se encuentre la relación de los posibles herederos.
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